lunes, 17 de marzo de 2014

Zorro


6 de octubre a 29 de diciembre.

Días hábiles: Todos los días.
Durante la práctica de caza de cualquier especie cinegética, en las zonas, períodos y días hábiles establecidos en la presente Orden para las mismas y con sujeción a los cupos de capturas y modalidades aprobadas en los correspondientes planes técnicos de caza, se podrá también cazar el zorro desde el inicio del período hábil de caza hasta el 30 de marzo.

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