MEDIA VEDA
7 de julio a 8 de septiembre.
PERÍODO GENERAL
6 de octubre a 1 de diciembre
Días hábiles: Jueves, Sábados, Domingos y Festivos.
Únicamente se podrán utilizar perros a partir del 15 de agosto. Se podrá ampliar hasta el 15 de diciembre en
terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, pudiendo
extenderse a todos los días de la semana siempre que se autorice
expresamente en el plan técnico de caza.
No hay comentarios:
Publicar un comentario